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Tu primer año en la CASS, mes a mes y sin sorpresas

Para quien empieza a trabajar en Andorra y quiere saber qué paga la CASS desde el primer día, qué tarda unas semanas y qué tarda meses.

Escrita y revisada por la redacción de Seguros Andorra. Revisada el 15 de octubre de 2026.Cómo nos financiamosLectura de 8 min

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Respuesta corta

Con contrato estás dado de alta en la CASS desde el primer día, pero cada prestación tiene su propio plazo de espera, la carencia. El accidente de trabajo se cubre desde el día 1. La enfermedad común se reembolsa cuando llevas 25 días cotizados; la baja pagada pide 90 días cotizados en los últimos 6 meses, y la prestación por nacimiento, 6 meses de alta. Con 60 meses cotizados, el reembolso ya no pide ninguna espera.

¿Tu caso tiene algo especial? Cuéntanoslo en el cuestionario

Datos clave

El accidente de trabajo y la enfermedad profesional se cubren desde el primer día, sin cotización previa
Fuente: CASS
El primer reembolso por enfermedad común pide 25 días cotizados; luego, hasta los 12 meses, 15 días cotizados en el mes anterior
Fuente: CASS
La baja por enfermedad común pide 90 días cotizados en los últimos 6 meses o 180 en los últimos 24
Fuente: CASS
La prestación por nacimiento pide 6 meses de alta y 3 meses cotizados en los 6 anteriores al parto
Fuente: CASS

Por qué la CASS va por fases

Cuando firmas tu primer contrato, la empresa te da de alta y empiezas a cotizar. Eso no quiere decir que la CASS lo pague todo desde esa mañana. Cada prestación exige un tiempo cotizado antes de pagar, y a ese tiempo se le llama carencia.

Lo práctico es verlo como relojes que arrancan a la vez, el día de tu alta, y que suenan en momentos distintos. Abajo los tienes por orden.

MomentoLo que se activa
Día 1Accidente de trabajo y enfermedad profesional
25 días cotizadosPrimer reembolso por enfermedad común y capital por defunción
90 días cotizados en 6 mesesBaja pagada por enfermedad común
6 meses de altaPrestación económica por nacimiento, con 3 meses cotizados en los 6 anteriores
12 mesesEl reembolso pasa a pedir 10 días en los 2 meses anteriores
36 mesesBastan 5 días en los 3 meses anteriores
60 mesesReembolso sin carencia desde el primer día

Día 1: si te lesionas trabajando, ya estás cubierto

El accidente de trabajo y la enfermedad profesional no tienen periodo previo de cotización. Si te haces daño en tu puesto la primera semana, la CASS responde igual que con alguien que lleva diez años aquí.

Dos cosas a tener en cuenta. La primera, que avises en la empresa el mismo día y guardes los papeles del médico. La segunda, que esto solo vale para lo que pasa trabajando. Una gripe o una caída esquiando el domingo son enfermedad común o accidente no laboral, y van por el reloj siguiente. Lo explicamos con calma en el accidente de trabajo en Andorra.

Día 25: el primer reembolso por enfermedad común

Para la enfermedad común, la primera vez que pides un reembolso necesitas 25 días cotizados. Antes de eso, la consulta, la farmacia o una prueba las pagas tú, y la CASS no te las devuelve.

Ese es el hueco del principio. Dura poco, pero coincide con las semanas en las que todo es nuevo: te mudas, cambias de clima, a veces llegas en plena temporada de nieve.

Del mes 1 al 12: la regla de los 15 días

Una vez pasado ese primer umbral, la CASS no deja de mirar. Hasta que cumples 12 meses cotizados, cada reembolso pide 15 días cotizados en el mes anterior. Si empiezas a trabajar a mitad de mes o hay un corte entre dos contratos, ese mes anterior puede quedarse corto.

La escala sigue bajando con el tiempo:

Tiempo cotizadoLo que pide la CASS para reembolsar
La primera vez25 días cotizados
Más de 25 días y menos de 12 meses15 días cotizados en el mes anterior
De 12 a 36 meses10 días en los 2 meses anteriores
De 36 a 60 meses5 días en los 3 meses anteriores
60 meses o másNada, desde el primer día

Qué porcentaje te devuelve cada acto, una vez dentro, lo tienes en qué cubre la CASS.

La baja: 90 o 180 días

Cobrar la baja por enfermedad común tiene otra carencia, más larga: 90 días cotizados en los últimos 6 meses, o 180 en los últimos 24. Si llegas en octubre, el primer camino no se cumple hasta bien entrado el invierno. Con accidente de trabajo, en cambio, no hay carencia.

Mientras no llegas a esos 90 días, la CASS no te paga los días de baja por enfermedad común. Qué pasa con tu nómina esos días depende de tu contrato: pregúntalo en la empresa antes de necesitarlo. La baja, una vez reconocida, dura como máximo 12 meses. Tienes el detalle en la baja laboral de la CASS.

Tener un hijo: el reloj de los 6 meses

Si en tus planes entra un embarazo, aquí hay dos relojes distintos. Los gastos sanitarios del embarazo y el parto la CASS los paga al 100 % de sus tarifas. La prestación económica por nacimiento, la que sustituye tu sueldo durante el descanso, pide estar de alta con 6 meses de antelación al parto y haber cotizado 3 meses en los 6 anteriores.

Llegar embarazada no te deja sin médico, pero sí puede dejarte sin esa prestación si el parto llega antes del sexto mes de alta.

Si pasa lo peor: el capital por defunción

La CASS paga un capital por defunción a quien se hace cargo del sepelio. Sigue la misma escalera que el reembolso: 25 días cotizados al principio, luego 15, 10 o 5 según la antigüedad, y ninguna espera con 60 meses o más. No es agradable pensarlo el primer mes, pero conviene saberlo si vienes con familia.

A los 5 años: se acaban las esperas del reembolso

Con 60 meses cotizados, el reembolso de gastos médicos ya no pide días previos. Ojo, que eso no es la jubilación. La pensión de jubilación pide 65 años y 180 meses cotizados, de los que al menos 12 tienen que ser en Andorra. Si vienes con más de 50, haz la cuenta con tiempo.

Cómo tapar el hueco del principio

El primer mes es el más expuesto. Estas son las opciones habituales, y ninguna es obligatoria si vienes con contrato:

  1. Mira qué cobertura arrastras de tu país. Algunas pólizas o sistemas siguen vigentes unas semanas tras la mudanza. Pide por escrito hasta cuándo y si sirven en Andorra.
  2. Un seguro privado de salud de corta duración. Sirve de puente hasta que la CASS empieza a reembolsar. Pregunta la fecha de efecto y las carencias de la propia póliza, porque las privadas también tienen las suyas.
  3. Una indemnización diaria por baja. Si te preocupa más el sueldo que el médico, es la póliza que puede cubrir los días de baja por enfermedad común antes de los 90 días.
  4. Un complementario para después. Pasada la carencia, la CASS no reembolsa el cien por cien de cada acto. Si quieres cubrir esa diferencia, mira el seguro complementario.

Antes de firmar, comprueba que la entidad está autorizada en Andorra en la lista de la AFA. Si no sabes por dónde empezar, el plan de seguros para Andorra te ordena lo que te toca según llegues con contrato, como autónomo o sin trabajo.

Preguntas que conviene hacer a cualquier aseguradora para este puente:

  • ¿Desde qué día exacto cubre la póliza?
  • ¿Tiene carencias propias para consultas, pruebas u hospital?
  • ¿Cubre la atención en Andorra o solo en otro país?
  • ¿Puedo darla de baja cuando la CASS ya me reembolse, y con qué preaviso?

En el blog también tienes Alta en la CASS y Familia en la CASS.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la carencia de la CASS?

Es el tiempo cotizado que la CASS te pide antes de pagar una prestación. Cada una tiene la suya: 25 días para el primer reembolso por enfermedad común, 90 días en 6 meses para la baja y 6 meses de alta para la prestación por nacimiento.

¿La CASS me cubre una urgencia la primera semana?

Si es un accidente de trabajo, sí, desde el primer día. Si es una enfermedad común, la CASS no reembolsa nada hasta que llevas 25 días cotizados.

¿Si cambio de trabajo vuelvo a empezar de cero?

La escala se mide por el tiempo que llevas cotizado. Lo que sí puede fallarte es el mes anterior: antes de los 12 meses, cada reembolso pide 15 días cotizados en el mes previo. Si hay un hueco entre contratos, confírmalo con la CASS.

¿Cuándo puedo cobrar una baja por enfermedad?

Cuando sumas 90 días cotizados en los últimos 6 meses, o 180 en los últimos 24. Por accidente de trabajo no hay espera.

¿Necesito un seguro privado para la residencia si vengo con contrato?

No. Con contrato tu cobertura es la CASS. El seguro privado del primer mes es una decisión tuya para tapar el hueco, no un requisito del permiso.

Fuentes

  1. CASS: cuándo se abonan los gastos médicos
  2. Incapacidad temporal, CASS
  3. Prestación económica por nacimiento, CASS
  4. Capital por defunción, CASS
  5. Pensión de jubilación, CASS

Cómo hemos comprobado esta guía

Hemos contrastado cada dato con las fuentes oficiales que enlazamos al final y revisamos la página el 15 de octubre de 2026. Seguros Andorra no es un mediador de seguros: explicamos cómo funcionan, no los vendemos. Si ves algo que ha cambiado, avísanos. Nuestro método está en cómo trabajamos.

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